Los Centros Especiales de Empleo se rigen por una Legislación particular diferente a otros centros. Conozca sus beneficios.
Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social.
Real Decreto 364/2005 de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
Nota: Subvención 2020 Generalitat Valenciana
Fomento del empleo de personas con diversidad funcional: 48.581,00€
Son los servicios de rehabilitación,
terapéuticos, de integración social, culturales y deportivos que el C.E.E.
presta para procurar a la persona empleada con discapacidad, de acuerdo con la naturaleza
y características de su discapacidad, una mayor rehabilitación personal y una
mejor adaptación de su relación social.
Constituido por técnicos sociales y encargados de apoyo, este
equipo, clave del éxito de este proyecto social, permite llevar a cabo la
completa integración de la persona empleada con discapacidad, detectando sus necesidades y haciendo un
seguimiento exhaustivo de su progresión en el centro de trabajo y de su
adecuación al puesto designado.
Son equipos multiprofesionales enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste de personal y social de los C.E.E., y que se encuentran formados por personal técnico con titulación universitaria o experiencia equiparable y por encargados/as de apoyo a la producción. La normativa reguladora establece la composición mínima de estas Unidades de Apoyo.
Los destinatarios finales de los servicios prestados por las Unidades de apoyo son los trabajadores con discapacidad de los C.E.E. que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: